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PUBLICADO EL CC HOSTELERIA DE LAS ISLAS BALEARES

Laboral BOIB 129 DE 01 DE SEPTIEMBRE DEL 2012


El BOIB núm 129 de 01 de septiembre del 2012 publica laResolución del vicepresidente económico, de Promoción Empresarial y de Ocupación de día 28 de agosto de 2012 por la que se ordena la inscripción y el depósito en el Registro de convenios colectivos de las Illes Balears y se dispone la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears del Convenio colectivo del sector de la hostelería de las Illes Balears (Exp: CC_TA_11/054 código de convenio 07000435011982). 

 

VIGENCIA: El presente convenio colectivo según establece el art. 2 entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, estando vigente hasta el día 31 de marzo de 2014, retrotrayéndose en sus efectos retributivos al día 1 de abril de 2012.
 
COMPENSANCIÓN, ABSORCIÓN Y PAGO DE ATRASOS: El art. 22 (p56) indica entre otros que la entrada en vigor de las nuevas retribuciones, tanto salariales como
extra salariales, tendrá efectos desde el día 1 de abril de 2012. El pago de diferencias por los atrasos retributivos derivados de la aplicación del presente convenio, en su caso, deberá haberse regularizado dentro del mes siguiente al de su publicación en el BOIB, tanto los correspondientes al mes de abril de 2012 como los resultantes del incremento previsto para el día 1 de abril de 2013
 
SALARIO BASE: Es el art. 23 en la (p57) que hace referencia al SALARIO BASE mensual con efectos del día 1 de abril de 2012, se incrementa en un 0,5 por ciento; y con efectos del día 1 de abril de 2013 en un 0,6 por ciento publicando las tabla salariales resultantes que además de encontrarse en la publicación del BOIB les adjuntamos también a este mail.