Noticia

Inmaculada Benito: Cuando la insularidad es un hecho


La Constitución en el artículo 2 establece con carácter general el principio de solidaridad y en el artículo 138.1 se refiere concretamente al equilibrio económico interterritorial, haciendo énfasis en aquellas zonas de la España no peninsular en las que concretamente se dé la peculiaridad de ser islas y "atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular".

Entendemos que no se pretendía que se tuviese que ser más solidario con las islas que con otros territorios españoles, sino que se reconocía y explicitaba que la condición insular implica unas características diferenciadas específicas del modelo general o peninsular.



Links adjuntos

Noticia completa